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 Debate

    
MEDICAMENTOS DE ALTO PRECIO Y EL DILEMA DE LOS COMUNES
 
Por
el Dr. Sergio Horis Del Prete (*)


La tendencia creciente al incremento de los costos de la atención médica para aseguradores y prestadores se viene manteniendo a lo largo de los últimos años, aunque ha adquirido cierta aceleración. Y si bien la deflación lograda pareciera constituir una esperanza de alivio en sus cuentas, deberán continuar erogando las crecientes facturas de servicios médicos a la que se suman medicamentos innovadores y Dispositivos Médicos Implantables de cada vez mayor precio. Por otra parte, el gasto fiscal seguirá su tendencia al ajuste obligado con un impacto que, si bien es esperado, aun resulta desconocido respecto de la gestión sanitaria pública.
Esto lleva a considerar en la expansión de los costos una fuerza impulsora que hace inevitable la transformación de algunos aspectos centrales del modelo de atención sanitaria. Básicamente, para establecer una señal de futuro que apunte a promover y profundizar - a partir del 2026 - cambios estructurales respecto de la eficacia de gestión de lo asistencial y la eficiencia en el gasto.
Por ejemplo, la evolución del gasto farmacéutico viene siendo francamente superior a la de la atención médica, sobre la cual incide en más de un 40% del total. El impacto es significativo si se analiza el peso relativo de los medicamentos oncológicos e inmunomoduladores para tratamientos especiales, cuyo volumen de ventas solamente para el segundo trimestre de 2025 fue de 610.640 millones de pesos, lo que equivale al 23.1% de la facturación total de medicamentos por grupo anatómico (L) en el mismo período y al 78% del total de reventa de importados (INDEC 2025). Datos que refuerzan la urgencia de gestionar mejor la prescripción farmacéutica, especialmente de los denominados de alto precio.

¿Cuáles podrían ser los caminos para lograrlo?

1. Evitar el riesgo del dilema de los comunes

El dilema o tragedia de los comunes de Garret Hardin (1968) es una metáfora social donde el exceso de intereses individuales a corto plazo actuando en forma egoísta, aunque racional lleva a chocar con el interés colectivo a largo plazo, en función del exceso de uso de un recurso compartido y escaso que no tiene un dueño claro y es un bien común.
La suma de acciones egoístas conduce a un virtual agotamiento de tal recurso, aunque a ninguno de ellos les convenga que suceda, con lo que el perjuicio se hace colectivo. Tiene por lo tanto dos visiones. Una socio- económica y otra ética.
Los medicamentos innovadores con escasa efectividad con- trastada y alto precio, por un lado, y los pacientes vinculados en la relación de agencia con los profesionales como parte de la asimetría de información son los actores del dilema. Y el recurso escaso y bien común es el gasto en salud.
Como principales responsables individuales de la asignación de recursos en base a la toma de decisiones con valoraciones subjetivas y en condiciones de incertidumbre, aquellos profesionales que generan una demanda judicial inducida sin evidencia cierta parecen ignorar el daño a largo plazo sobre el recurso escaso.
Desde la perspectiva médica, la denominada regla del rescate se da cuando aparece una nueva opción de intervención sin evidencia clara del beneficio (efectividad no adecuadamente contrastada) y donde entran en juego recursos escasos si además el insumo tiene un alto precio.
En ese punto comienza el conflicto bioético entre bienestar individual y bienestar colectivo, cada vez que un paciente obtiene judicialmente un medicamento de altísimo precio y escasa efectividad que en forma simultánea implica un elevado costo de oportunidad para la cobertura de otros pacientes y la propia sustentabilidad futura del sistema sanitario en su conjunto.
Cuando esta instancia se multiplica, la situación socio- económica y bioética se asemeja al dilema de los comunes. En el caso de la salud como bien meritorio donde existen derechos, este dilema exige regulaciones claras y transparentes con criterio ético por parte del Estado y la propia sociedad.

2. Encontrar un negociador central dispuesto a tener poder de mercado frente al alto precio.

En algunos países desarrollados existe un único organismo negociador (normalmente el Estado), con capacidad de decidir si acepta el precio que una empresa farmacéutica quiere cobrar por sus productos. Otros países llevan a cabo análisis de cuánto beneficio adicional (valor) representa un nuevo medicamento sobre los que ya están en el mercado, y a qué costo (precio).
Si éste es demasiado alto y el beneficio demasiado pequeño, están dispuestos a decir no a un nuevo medicamento hasta que este no reduzca su número final. En nuestro país, las negociaciones con los laboratorios o sus intermediarias - salvo el PAMI - se atomizan entre cientos de negociaciones individuales y confidenciales con financiadores medianos y pequeños, lo que resulta en mucho menos poder negociador de descuentos para estos.
La falta de consolidación en la negociación es una razón clave por la que se paga más que otros países, por falta de oportunidad para gestionar discusiones más duras. En este sentido, las decisiones que ha tomado el Ministerio nacional sobre compras directas a laboratorios o a través de la nueva plataforma digital SIGMAC operada por la Superintendencia de Servicios de Salud para la gestión de provisión de medicamentos de alto precio, van a contribuir sin duda a optimizar y transparentar el uso de los fondos públicos o de las Obras Sociales nacionales, y a abrir el camino a instancias de negociación centralizada con mayor poder de mercado.

3. Establecer mecanismos de regulación de precios para la innovación disruptiva.

EL sistema de salud tiene que encontrar su punto de equilibrio, sin gastar más de lo que dispone. Muchos países, aún de economías de libre mercado, establecen límites respecto de cuánto pagarán por los medicamentos oncológicos o para tratamientos especiales de alto precio.
La condición de precio aceptante de nuestro sistema de salud, dado el poder de monopolio que ofrece la patente o la imposibilidad de copiar una molécula compleja y competir en el mercado sanitario, requiere al menos disponer de un Observatorio Internacional de Precios que permita investigar consistentemente las diferencias existentes con otros países.
Especialmente con los de América Latina, muchas veces con precios dos o tres veces inferiores. En 2023 comparativamente resultaban más del doble que en Chile, Colombia y México, incluso teniendo en cuenta los descuentos confidenciales que pueden terminar reduciendo sustancialmente lo que se paga. Conceptualmente, un mercado opaco y dinámico como el de los medicamentos innovadores disruptivos no puede funcionar como un auto sin frenos.

4. Limitar que el sistema permita la presencia de incentivos perversos.

Las compañías farmacéuticas que revenden importados en el mercado local no son las únicas que ganan dinero con los altos precios de los medicamentos. La ausencia de protocolos y guías de práctica para ajustar la variabilidad de la práctica profesional y normatizar tratamientos así como la amplitud con que cualquier prestador sin especialistas reconocidos y autorizados expresamente - como exige por ejemplo el Fondo Nacional de Recursos de Uruguay - puede prescribir libremente medicamentos de alto precio y aun terapias génicas, hace que los medicamentos con cobertura a precio cero para los pacientes impacten significativamente en el gasto del sistema.
De esta forma, se potencian los incentivos perversos asociados al beneficio de la industria, que podrían ser controlados si se decidiera crear una Agencia de Evaluación tecnológica o financiera autónoma y transparente que fijara posición sobre este tipo de moléculas biotecnológicas innovadoras con efectividad poco contrastada.
Estableciendo análisis de costo-efectividad-calidad con la suficiente solvencia e idoneidad técnica del dictamen para uso de la Justicia, podría comenzar a ponerle límites a los conflictos de interés resultado de la inducción de la demanda a litigar contra el financiador. De lo contrario, se seguirá pagando por todo - lo efectivo y lo poco efectivo - mientras la justicia, asumiendo responsabilidad técnica y política en función del amplio concepto del derecho a la salud, continuará fallando en favor de las empresas farmacéuticas.

5. Analizar la dinámica de las patentes y sus ventajas sobre el astronómico precio de las moléculas.

La FDA o la AEM otorgan patentes a las compañías farmacéuticas generando monopolios temporales durante los cuales la competencia por copias o genéricos con menor precio está limitada garantizando poder de mercado y precio de monopolio en base a un abuso de posición dominante. A esto se suma que las mismas compañías logran tener éxito en encontrar mecanismos para prolongar tales periodos mediante diferentes tácticas, como las patentes de uso que sólo están relacionadas tangencialmente con la molécula o terapia en cuestión.
A favor de ello, las empresas aducen que los precios de los medicamentos son los que soportará el mercado, señalando que lo importante es el valor en términos de utilidad que sus productos ofrecen a la sociedad. Por ejemplo, una cura única con un costo de 3 millones de dólares puede ser beneficiosa al Sistema si termina evitando 10 millones de dólares en gastos hospitalarios futuros y costos directos perdidos. El problema reside en que, para un medicamento innovador oncológico o inmunomodulador bajo patente, el precio medio anual de entrada al mercado fue de 300.000 dólares en 2023, cuando en 2021 había sido de 180.000 dólares.

6. Introducir cambios en el modelo de gestión público y privado.

Quizás sea éste el momento para una reinvención audaz de los sistemas público y privado que sirva como instrumento para hacer más eficiente el alza del gasto sanitario, a punto de partida de promover un nuevo esquema asistencial con eje en el paciente, definido a partir de una atención preventiva, personalizada y fuertemente predictiva.
El actual sistema carece de instrumentos adecuados para contener los costos asociados a los medicamentos de alto precio, ni posee criterios claros respecto de qué cubrir y bajo que conceptos y decisiones terapéuticas. Todos no pueden hacer todo. Debe crearse un programa de calificación de prestadores expresamente autorizados para ofrecer las mejores oportunidades terapéuticas, que aseguren el uso adecuado de las nuevas moléculas disruptivas garantizando los derechos de los pacientes, el consentimiento informado y su seguridad.
Esta estrategia de cambio se plantea en base a cuatro componentes básicos: un Modelo Integral de Gestión de la Atención en Salud, que enfatice la atención primaria y la prevención como piso básico de organización del mismo; una política de medicamentos innovadores que procure negociar menores precios y dar racionalidad en la entrada al mercado sanitario a nuevas moléculas y tratamientos de escasa efectividad contrastada, y mecanismos de financiamiento basados en valor que permitan regular el incentivo perverso de pagar por hacer sin importar los resultados.
Considerando además la búsqueda de fuentes de ingresos alternativas ante la amenaza que la oferta acelerada y creciente de medicamentos biotecnológicos y terapias génicas cada vez más sofisticadas impone a la expansión potencial del gasto.
En definitiva, establecer un nuevo esquema dinámico donde los financiadores se conviertan en el núcleo activo del sistema, respondiendo por la cobertura y regulando la gestión de los crecientes costos de los prestadores en tiempo real, en tanto estos se centran en pasar de la Medicina basada en la Evidencia a la basada en la Eficiencia, optimizando sus resultados asistenciales en términos de efectividad y aprovechando el impacto de la IA para mejorar su estructura de costos y el uso adecuado de los datos.


(*) Mg. Director de la Cátedra Libre de Análisis de Mercados de Salud. Universidad Nacional de La Plata. Argentina

 
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