Las terapias biológicas y génicas han representado un importante
avance en el campo de la medicina, siendo una alternativa a la
terapéutica convencional en patologías de cierta gravedad y,
especialmente, en pacientes con compromiso de su status clínico
y su calidad de vida.
Actúan en la mayoría de los casos en forma sinérgica con los
tratamientos disponibles para cada patología, presentando como
limitaciones:
-
Efectos
secundarios sistémicos.
-
Riesgo de
reactivación de infecciones latentes.
-
Contraindicación
de uso en pacientes con ciertas patologías de base.
-
Requerimiento de
dosis repetidas para mantener el efecto deseado.
-
Elevado costo.
En muchos casos el grado de
evidencia no ha llegado aún a niveles óptimos como para
garantizar la seguridad y eficacia de las drogas en cuestión.
En otros casos tienen aprobaciones parciales: no están aprobadas
totalmente por la FDA y la EMA, no tienen aprobación por la
ANMAT o bien el prospecto de la molécula tiene aprobación para
el uso bajo determinado protocolo y, sin embargo, es prescripta
según el criterio personal e individual del profesional actuante
sin ajustarse a GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA O RECOMENDACIONES
INTERNACIONALES DISPONIBLES.
Todo lo antedicho implica que su indicación debiera ser
efectuada en pacientes determinados por un equipo
multidisciplinario y sin relación ni injerencia alguna con la
compra y/o negociación del precio, es más, la provisión de las
moléculas debería estar administrada y provista por el Estado.
De esta manera se cumpliría con uno de los objetivos: ser una
alternativa válida para evitar el progreso de la enfermedad y/o
aumentar la sobrevida en el caso de determinadas patologías.
La forma de evaluar la pertinencia en la utilización de estas
drogas es a través de procesos de Evaluación de Tecnologías
Sanitarias (ETS). Parece haber un consenso general acerca de que
algún tipo de ETS es necesaria o al menos inevitable.
Dicho consenso refleja la aceptación, por una parte, de que una
ETS ofrece la posibilidad de mejorar la calidad de la atención
sanitaria evitando riesgos innecesarios a la población, mientras
que al mismo tiempo puede mejorar el proceso de asignación y
distribución de recursos.
Su ausencia da lugar a la adopción, la difusión y la utilización
de tecnologías antes de que se haya comprobado su seguridad,
eficacia, efectividad y/o eficiencia tanto clínica como
económica.
El objetivo de toda OBRA SOCIAL que maneja recursos en el área
de salud es gestionar los mismos en forma equitativa,
igualitaria y eficiente, apoyando las decisiones de cobertura en
niveles de evidencia para el beneficio de la población a su
cargo.
No es posible seguir cubriendo prescripciones y prácticas que
llevan a un desfinanciamiento creciente de los agentes del
seguro, llegando al punto que absolutamente TODO LO INDICADO POR
UN PROFESIONAL TERMINA SIENDO FINANCIADO POR LA OBRA SOCIAL, sea
a través de presentaciones judiciales o bien porque no hay un
organismo vinculante con la esfera judicial que se expida de
manera CONTUNDENTE NEGANDO LA COBERTURA cuando ni siquiera
aplica por no seguir las guías de práctica clínica o protocolos
emitidos por el mismo.
Lo anteriormente expresado deja a las auditorías de las obras
sociales atadas de pies y manos ya que su función queda
totalmente desdibujada y su figura entrampada entre la mala
gestión por autorizar, o la exposición al abandono de persona al
negar cobertura.
Párrafo aparte merece el poder de compra que tendría el Estado
al ser quien ADQUIERE, AUTORIZA Y PROVEE este tipo de moléculas.
Otro de los roles que debiera cumplir el Estado es el de ejercer
el poder de control sobre las prescripciones que no ajusten a
las guías y/o recomendaciones que hayan sido acordadas y puestas
en vigencia.
En conclusión, los argumentos anteriormente esgrimidos son lo
suficientemente fuertes y válidos para que el Estado sea rector
y actor en la aprobación, compra y distribución de los agentes
biológicos y génicos evitando el desfinanciamiento de las obras
sociales y, a su vez, regulando las prescripciones a través de
la elaboración e implementación de Guías de Práctica Clínica y/o
protocolos debidamente aprobados.
|