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La salud no debería decidirse en un juzgado. Sin embargo, cada
vez con mayor frecuencia, el acceso a ella depende de una medida
cautelar. Lo que nació como una herramienta de protección frente
a las fallas del sistema empieza a convertirse en su reemplazo.
Allí se abre una tensión profunda entre el derecho individual y
la equidad colectiva.
Cuando el expediente reemplaza al
protocolo
Hubo un tiempo en que la salud se discutía en consultorios,
auditorías médicas y mesas técnicas, donde la evidencia clínica
y la planificación orientaban las decisiones. Hoy, con demasiada
frecuencia, esas discusiones se trasladan a los estrados. El
expediente reemplaza al protocolo; el juez sustituye al
evaluador sanitario. Y el fallo, inevitablemente, altera el
equilibrio de un sistema construido sobre la solidaridad.
No se trata de cuestionar el derecho a la salud, que es un
mandato constitucional y una obligación ética. Cuando un
paciente recurre a la Justicia, no lo hace por capricho, sino
porque percibe que el sistema no le responde. En ese sentido, la
vía judicial cumple una función indispensable de resguardo. El
problema surge cuando la excepción se transforma en regla y la
intervención judicial deja de ser correctiva para volverse
estructural.
En los últimos años, la litigiosidad en torno a medicamentos o
tratamientos ha crecido de manera sostenida. Muchas de estas
tecnologías llegan con evidencia clínica todavía incipiente,
beneficios marginales o indicaciones que exceden lo aprobado por
las agencias regulatorias. El fallo resuelve la urgencia
individual, pero rara vez pondera el impacto sistémico. Cada
decisión que ordena financiar una prestación -particularmente
aquellas de alto costo- compromete recursos que, por definición,
son finitos.
El costo invisible de cada sentencia
Aquí aparece una dimensión incómoda, pero ineludible: el costo
de oportunidad. Cada peso destinado a una terapia de eficacia
incierta es un recurso que deja de invertirse en prestaciones
básicas o en tratamientos con efectividad comprobada para una
población mayor. La salud pública no es la suma de casos
aislados; es una arquitectura colectiva que requiere
previsibilidad y planificación.
Cuando la asignación de recursos se desplaza desde las
instancias técnicas hacia la capacidad de litigar, la equidad se
resiente. Accede quien logra judicializar su reclamo, no
necesariamente quien presenta la mayor urgencia sanitaria. Así,
el sistema solidario comienza a fracturarse en dos vías: una
administrativa, con tiempos y criterios explícitos; y otra
judicial, urgente y, muchas veces, desarticulada del análisis
técnico riguroso.
En este escenario han surgido prácticas que complejizan aún más
el panorama. Existen estudios jurídicos que operan con una
lógica de mercado: captan pacientes, promueven reclamos masivos
y obtienen honorarios financiados por los propios fondos del
sistema. El expediente deja de ser únicamente un instrumento de
protección para convertirse en una unidad de negocios. La
excepción, en definitiva, se mercantiliza.
Gobernanza sanitaria y reglas
claras
El debate de fondo no es estrictamente jurídico, sino de
gobernanza sanitaria. ¿Cómo incorporar la innovación sin
comprometer la sostenibilidad del sistema? ¿Cómo garantizar un
acceso oportuno sin afectar la distribución equitativa de los
recursos? Sin reglas claras para la evaluación de tecnologías
sanitarias y sin criterios explícitos de cobertura, el sistema
opera a la defensiva, respondiendo caso por caso a la presión de
los tribunales.
Existen herramientas para ordenar este proceso. Vincular el
financiamiento a los resultados en salud, monitorear la
efectividad en la práctica real y establecer parámetros
transparentes de valor terapéutico no implica negar derechos,
sino gestionarlos con responsabilidad. La equidad no se opone al
acceso; lo encuadra y lo hace posible.
La Justicia debe seguir siendo la última garantía frente a la
arbitrariedad o la negligencia. Sin embargo, no puede
convertirse en la puerta de entrada ordinaria para cada nueva
innovación médica. Cuando cada tratamiento depende de una
cautelar, la política sanitaria pierde su eje y la equidad se
reduce a una aspiración retórica.
El desafío, entonces, es recuperar el equilibrio: reconocer el
derecho individual sin desatender la responsabilidad colectiva.
Debemos entender que la verdadera justicia en salud no consiste
solo en resolver un caso aislado, sino en sostener un sistema
capaz de cuidar a todos.
Porque cuando la salud se dirime permanentemente en los
tribunales, lo que se pone en juego no es solo un presupuesto,
sino la cohesión misma del contrato social que sostiene a
nuestra seguridad social.
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