El presidente de la Nación llamó a
combatir “la mafia de los juicios
laborales, que tanto daño les hace a
las pequeñas empresas y a sus
trabajadores”.
Trataremos de analizar
desapasionadamente el tema.
MAFIAS: JUICIOS Y POLÍTICA
Al denominarla como “mafia” supongo
que el lector pensará en “Don
Corleone” acariciando su gato en la
penumbra de su despacho mientras
dispone de la vida y bienes o por lo
menos de la integridad física de
varias personas llegando a
reencausar la carrera de un
cantante, muy parecido a Frank
Sinatra, todo con un cierto sentido
“justiciero”.
La política tiene sus formas
particulares de expresión: todo debe
ser simplificado demonizando al
criticado y si le adjudicamos ser el
jefe de una conspiración organizada,
mejor porque es más efectista.
No sabemos si existe una
organización vertical dirigida por
un legislador para encarecer el
costo laboral de las empresas,
sacando pingües beneficios de ello,
pero lenguaje aparte, los efectos se
parecen, porque la litigiosidad
laboral está llegando a límites
realmente altos.
Y eso unido al alto costo nacional
del empleo registrado disminuye el
interés por el empleo formal sobre
todo en las pymes por eso de que “ya
que me van a sacar la plata,
prefiero estar en negro así ahorro
más”.
UN
POCO DE HISTORIA
En 1991 fue promulgada la Ley
Nacional de Empleo que para
favorecer al trabajo “en blanco”
estableció severas multas para el
trabajo total o parcialmente “en
negro”.
En setiembre del 2000 la ley 25.323
aumentó las situaciones en que las
multas de la 24.013 se aplicaban y
creó una nueva.
En 1995 la N° 24.557 de Riesgos del
Trabajo que tarifaba las
indemnizaciones y prohibía los
juicios de los trabajadores para
acceder a los beneficios del
“derecho común” (el que se aplica
por ejemplo a las víctimas de
accidentes de tránsito).
Comenzó bien, los trabajadores
accidentados cobraban en poco tiempo
cifras razonables, liquidadas por
las bien dotadas (de personal,
equipamiento y métodos) juntas
médicas.
Pero la “avidez gerencial” que
implica estrechez de miras, se negó
a aumentar los costos del seguro y
eso generó indemnizaciones tan bajas
que hicieron inevitable la
declaración de inconstitucionalidad
al menos de la negación de la acción
del “derecho común”.
LEYES:
BUENAS INTENCIONES Y EMPEDRADOS
No conozco ninguna ley laboral ni
tendencia jurisprudencial que tenga
un origen malo por injusto o
dirigido a la destrucción del
empleo.
Sí conozco que el ser humano tiende
naturalmente a abusar de los
derechos que la ley le concede (no
sólo en el ámbito laboral).
Creo que es razonable que el
trabajador injustamente despedido,
el empleado no registrado y el que
padece una enfermedad o sufre un
accidente de causa laboral sean
indemnizados.
Pero, de buenas intenciones está
empedrado el camino del infierno, en
el que estamos ahora.
LOS
PROBLEMAS ACTUALES Y EL FUERO DEL
TRABAJO
El fuero nació “pro operario” en
épocas en que las indemnizaciones
por despido eran muy limitadas por
la ley 11.729.
Fue creado para aplicar las leyes en
beneficio del trabajador y así
seguirá, pero ese no es el problema
“en si” todo es cuestión de “grado”
o sea en cuanto esos principios se
sobrextienden mucho más allá del
límite que se pretende defender y
llevan a resultados contrarios a lo
que se pretende defender.
Cuando fue promulgada la 20.744 de
contratos de trabajo aumentaron esas
indemnizaciones, pero seguían dentro
de los límites de lo tolerable.
A poco de sancionarse las leyes
24.013 y 25.323 con sus
indemnizaciones aumentadas por el
trabajo “no registrado” comenzó la
tendencia a que casi todos los
trabajadores que iban a juicio
demandaran por haber estado al menos
parcialmente en negro, ya que basta
un mes o una pequeña parte del
salario “no registrado” para que se
habilite el cobro de las multas.
Algo similar ocurrió con las
demandas por enfermedades y
accidentes laborales, por el
“derecho común”: comenzó concediendo
indemnizaciones razonables en
supuestos en que la de la ley de
riesgos del trabajo no lo hacía.
Pero luego pudimos ver lo tóxica que
es la combinación de un fuero
naturalmente favorable al trabajador
manejando indemnizaciones por
despido y por enfermedades
multiplicadas varias veces.
No es lo mismo ser concesivo en
temas de bajo o medio monto que
serlo en las de altos y hasta
altísimos.
LAS
ENFERMEDADES Y LOS PERITOS
Constituyen el más grave problema
actual, a punto tal que se acercan
al 70% de los montos reclamados en
el fuero del trabajo.
Los peritos médicos carecen de
calificación profesional, basta ser
“médico legista” para habilitarlos
para actuar en cualquier
especialidad (recientemente vimos
cómo un legista psiquiatra era la
única autoridad médica en una
enfermedad traumatológica…).
En áreas que no requieren de título
de especialista, que son muchas,
basta el título de médico para
expedirse sobre cualquier tema.
Y muchos, demasiados, no saben
ejercer tan delicada función, los
vicios más frecuentes son:
Dar por cierto el relato de los
hechos que realiza el actor,
ignorando que tratándose de una
parte interesada su apreciación debe
ser crítica respecto de ambas y que
existe prueba que puede desmentir
ese relato.
No tienen claro el aspecto “causal”
en el que deberían ser altamente
críticos. Basta que la patología
pueda tener causa laboral, aunque
sea estadísticamente remoto y que el
trabajador diga en su demanda que
realizaba tareas que la podrían
causar para que los peritos colijan
que “es atribuible al trabajo”.
En algunos casos su parcialidad es
tan extrema que confirma las teorías
conspirativas.
Un ejemplo: están de moda los
juicios por hernias discales, que
tienen en principio causa
“degenerativa” o sea no laboral: las
causadas por el trabajo requieren
levantar pesos importantes durante
largo tiempo. Si el trabajador logra
probar que levantó pesos de
cualquier entidad durante tiempos
breves porque, por ejemplo, trabajó
en esa empresa poco tiempo, es muy
probable que consiga que el perito
diga que “es atribuible al trabajo”.
Y muchos jueces tienen la pésima
costumbre de conceder a la pericia
“supremo valor probatorio” sin tener
en cuenta si el resto de la prueba
confirma o desmiente los
presupuestos de hecho en que se basa
la pericia.
Se da así la perversa combinación
de: pericia que acepta lo dicho por
el actor más análisis de causalidad
ceñido a lo meramente probabilístico
y no a la certeza y apreciación de
la prueba pericial por los jueces en
forma acrítica más despreciar el
resto de la prueba porque el perito
así lo hace sin tener en cuenta que
no es función pericial analizarla
para arribar a las sentencias
arbitrarias por montos importantes.
Y un Cuerpo Médico Forense, que
antes era la segunda instancia
médica que solía poner las cosas en
orden al que muchos magistrados se
niegan a consultar pese a impugnarse
la pericia por causas graves.
EMPRESAS: GRANDES Y PYMES
Perjudica a las pymes los
malentendidos “ahorros”: no realizar
un examen preocupacional ampliado,
conforme a los recomendados por la
S.A.R.T. más las enfermedades
accidente “de moda” que son aquellas
que suelen ser reclamadas en juicio,
se encuentren o no en los listados
de la actividad.
Las empresas de mayor envergadura
los hacen ampliados y soslayan el
problema.
CONSEJOS
Existan o no “mafias” las cosas
funcionan mal en el fuero del
trabajo.
Individualmente las empresas deben
tomar medidas de prevención
adecuadas a la realidad.
Urge recalificar a los peritos
médicos y fijarles métodos de
trabajo.
El sector debe movilizarse para
lograr la sanción de normas que
limiten la posibilidad de que se
sigan dictando sentencias
arbitrarias.
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