:: REVISTA MEDICOS | Medicina Global | La Revista de Salud y Calidad de Vida
 
Sumario
Institucional
Números Anteriores
Congresos
Opinión
Suscríbase a la Revista
Contáctenos

 


 

 

 

 

 

 

 

 

Federación Farmacéutica

 

 

 

 

 
 

 

:: Infórmese con REVISTA MEDICOS - Suscríbase llamando a los teléfonos (5411) 4362-2024 /  (5411) 4300-6119 ::
  

Columna


Mafias y juicios laborales
Por el Dr. Floreal López Delgado
Abogado y asesor sanatorial


El presidente de la Nación llamó a combatir “la mafia de los juicios laborales, que tanto daño les hace a las pequeñas empresas y a sus trabajadores”.
Trataremos de analizar desapasionadamente el tema.

MAFIAS: JUICIOS Y POLÍTICA
Al denominarla como “mafia” supongo que el lector pensará en “Don Corleone” acariciando su gato en la penumbra de su despacho mientras dispone de la vida y bienes o por lo menos de la integridad física de varias personas llegando a reencausar la carrera de un cantante, muy parecido a Frank Sinatra, todo con un cierto sentido “justiciero”.
La política tiene sus formas particulares de expresión: todo debe ser simplificado demonizando al criticado y si le adjudicamos ser el jefe de una conspiración organizada, mejor porque es más efectista.
No sabemos si existe una organización vertical dirigida por un legislador para encarecer el costo laboral de las empresas, sacando pingües beneficios de ello, pero lenguaje aparte, los efectos se parecen, porque la litigiosidad laboral está llegando a límites realmente altos.
Y eso unido al alto costo nacional del empleo registrado disminuye el interés por el empleo formal sobre todo en las pymes por eso de que “ya que me van a sacar la plata, prefiero estar en negro así ahorro más”.

UN POCO DE HISTORIA
En 1991 fue promulgada la Ley Nacional de Empleo que para favorecer al trabajo “en blanco” estableció severas multas para el trabajo total o parcialmente “en negro”.
En setiembre del 2000 la ley 25.323 aumentó las situaciones en que las multas de la 24.013 se aplicaban y creó una nueva.
En 1995 la N° 24.557 de Riesgos del Trabajo que tarifaba las indemnizaciones y prohibía los juicios de los trabajadores para acceder a los beneficios del “derecho común” (el que se aplica por ejemplo a las víctimas de accidentes de tránsito).
Comenzó bien, los trabajadores accidentados cobraban en poco tiempo cifras razonables, liquidadas por las bien dotadas (de personal, equipamiento y métodos) juntas médicas.
Pero la “avidez gerencial” que implica estrechez de miras, se negó a aumentar los costos del seguro y eso generó indemnizaciones tan bajas que hicieron inevitable la declaración de inconstitucionalidad al menos de la negación de la acción del “derecho común”.

LEYES: BUENAS INTENCIONES Y EMPEDRADOS
No conozco ninguna ley laboral ni tendencia jurisprudencial que tenga un origen malo por injusto o dirigido a la destrucción del empleo.
Sí conozco que el ser humano tiende naturalmente a abusar de los derechos que la ley le concede (no sólo en el ámbito laboral).
Creo que es razonable que el trabajador injustamente despedido, el empleado no registrado y el que padece una enfermedad o sufre un accidente de causa laboral sean indemnizados.
Pero, de buenas intenciones está empedrado el camino del infierno, en el que estamos ahora.

LOS PROBLEMAS ACTUALES Y EL FUERO DEL TRABAJO
El fuero nació “pro operario” en épocas en que las indemnizaciones por despido eran muy limitadas por la ley 11.729.
Fue creado para aplicar las leyes en beneficio del trabajador y así seguirá, pero ese no es el problema “en si” todo es cuestión de “grado” o sea en cuanto esos principios se sobrextienden mucho más allá del límite que se pretende defender y llevan a resultados contrarios a lo que se pretende defender.
Cuando fue promulgada la 20.744 de contratos de trabajo aumentaron esas indemnizaciones, pero seguían dentro de los límites de lo tolerable.
A poco de sancionarse las leyes 24.013 y 25.323 con sus indemnizaciones aumentadas por el trabajo “no registrado” comenzó la tendencia a que casi todos los trabajadores que iban a juicio demandaran por haber estado al menos parcialmente en negro, ya que basta un mes o una pequeña parte del salario “no registrado” para que se habilite el cobro de las multas.
Algo similar ocurrió con las demandas por enfermedades y accidentes laborales, por el “derecho común”: comenzó concediendo indemnizaciones razonables en supuestos en que la de la ley de riesgos del trabajo no lo hacía.
Pero luego pudimos ver lo tóxica que es la combinación de un fuero naturalmente favorable al trabajador manejando indemnizaciones por despido y por enfermedades multiplicadas varias veces.
No es lo mismo ser concesivo en temas de bajo o medio monto que serlo en las de altos y hasta altísimos.

LAS ENFERMEDADES Y LOS PERITOS
Constituyen el más grave problema actual, a punto tal que se acercan al 70% de los montos reclamados en el fuero del trabajo.
Los peritos médicos carecen de calificación profesional, basta ser “médico legista” para habilitarlos para actuar en cualquier especialidad (recientemente vimos cómo un legista psiquiatra era la única autoridad médica en una enfermedad traumatológica…).
En áreas que no requieren de título de especialista, que son muchas, basta el título de médico para expedirse sobre cualquier tema.
Y muchos, demasiados, no saben ejercer tan delicada función, los vicios más frecuentes son:
Dar por cierto el relato de los hechos que realiza el actor, ignorando que tratándose de una parte interesada su apreciación debe ser crítica respecto de ambas y que existe prueba que puede desmentir ese relato.
No tienen claro el aspecto “causal” en el que deberían ser altamente críticos. Basta que la patología pueda tener causa laboral, aunque sea estadísticamente remoto y que el trabajador diga en su demanda que realizaba tareas que la podrían causar para que los peritos colijan que “es atribuible al trabajo”.
En algunos casos su parcialidad es tan extrema que confirma las teorías conspirativas.
Un ejemplo: están de moda los juicios por hernias discales, que tienen en principio causa “degenerativa” o sea no laboral: las causadas por el trabajo requieren levantar pesos importantes durante largo tiempo. Si el trabajador logra probar que levantó pesos de cualquier entidad durante tiempos breves porque, por ejemplo, trabajó en esa empresa poco tiempo, es muy probable que consiga que el perito diga que “es atribuible al trabajo”.
Y muchos jueces tienen la pésima costumbre de conceder a la pericia “supremo valor probatorio” sin tener en cuenta si el resto de la prueba confirma o desmiente los presupuestos de hecho en que se basa la pericia.
Se da así la perversa combinación de: pericia que acepta lo dicho por el actor más análisis de causalidad ceñido a lo meramente probabilístico y no a la certeza y apreciación de la prueba pericial por los jueces en forma acrítica más despreciar el resto de la prueba porque el perito así lo hace sin tener en cuenta que no es función pericial analizarla para arribar a las sentencias arbitrarias por montos importantes.
Y un Cuerpo Médico Forense, que antes era la segunda instancia médica que solía poner las cosas en orden al que muchos magistrados se niegan a consultar pese a impugnarse la pericia por causas graves.

EMPRESAS: GRANDES Y PYMES
Perjudica a las pymes los malentendidos “ahorros”: no realizar un examen preocupacional ampliado, conforme a los recomendados por la S.A.R.T. más las enfermedades accidente “de moda” que son aquellas que suelen ser reclamadas en juicio, se encuentren o no en los listados de la actividad.
Las empresas de mayor envergadura los hacen ampliados y soslayan el problema.

CONSEJOS
Existan o no “mafias” las cosas funcionan mal en el fuero del trabajo.
Individualmente las empresas deben tomar medidas de prevención adecuadas a la realidad.
Urge recalificar a los peritos médicos y fijarles métodos de trabajo.
El sector debe movilizarse para lograr la sanción de normas que limiten la posibilidad de que se sigan dictando sentencias arbitrarias.

Para consultas o sugerencias al Dr. Floreal López Delgado, escriba a estudiojuridico@lopezdelgado.com.

 

SUMARIO

 

Copyright 2000-2017 - Todos los derechos reservados, Revista Médicos